¿Qué es la mediación?

La mediación es una forma alternativa de resolución de conflictos rápida, eficaz y económica, alternativa a la vía judicial, incluso puede ser utilizada en la propia vía judicial, cuando ya se ha iniciado el conflicto ante los tribunales.

Mediación, Mediación, Eva Ortiz / Abogados Torrente

La mediación como primer paso legal: rápida, eficaz y ahora obligatoria en 2025

A partir del 3 de abril de 2025, la legislación española incorpora un cambio fundamental en el acceso a la justicia: la mediación extrajudicial será obligatoria en la mayoría de los conflictos civiles y mercantiles antes de poder acudir a los tribunales. Esta medida busca fomentar una cultura de resolución pacífica de conflictos, reducir los tiempos de espera en los juzgados y ofrecer a los ciudadanos una vía más rápida, económica y flexible para solucionar sus disputas.

En Abogados Torrente, estamos plenamente preparados para guiarte en esta nueva etapa del proceso legal. Contamos con un equipo de mediadores y abogados especializados que te acompañarán desde el primer momento, analizando tu caso, explicándote cada paso del procedimiento y representándote durante las sesiones de mediación, si así lo deseas.

La mediación te ofrece muchas ventajas: es confidencial, se adapta a tus necesidades, permite preservar las relaciones personales o comerciales y, sobre todo, evita el desgaste emocional y económico que conlleva un juicio. Además, si se alcanza un acuerdo, este puede homologarse judicialmente y tener plena validez legal, ofreciendo así una solución sólida y definitiva.

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¿Cómo funciona?

A la mediación se someten voluntariamente las partes en conflicto, con la intervención de un tercero que es el mediador. Éste, tras una evaluación de la situación conflictiva, ayudará a las partes a comunicarse y dialogar constructivamente con el fin de llegar acuerdos, sus acuerdos. Con ello se va construyendo un futuro centrado en la colaboración y el consenso y no en la confrontación entre las partes mediadas.

El mediador, sin entrar a valorar, ni aconsejar, ofrece un espacio neutral e imparcial, en el que las personas que se someten a mediación puedan reflexionar, analizar su realidad y sus expectativas.

La mediación tiene un carácter marcadamente VOLUNTARIO, suscribiéndose, si esa es la voluntad de las partes, el acta de inicio y aceptación de la mediación, si bien en cualquier momento se puede renunciar a la misma, ya sea por decisión de las partes o bien inclusive del propio mediador.

En dicha acta se recogerán los temas que las partes deseen tratar en mediación.

Todo lo que acontezca en las diversas sesiones de mediación tiene carácter CONFIDENCIAL, por lo que nada de lo acontecido en las mismas podrá ser utilizado por ninguna de las partes, incluido por el propio mediador, a quien le ampara el secreto profesional.

Mediación, Mediación, Eva Ortiz / Abogados Torrente
Mediación, Mediación, Eva Ortiz / Abogados Torrente

El campo de intervención de la mediación es muy amplio y resulta de mucha utilidad en temas civiles y en todo tipo de situaciones familiares, iniciándose con carácter incipiente en temas penales, hoy en la Comunidad Valenciana a través de un proyecto piloto de mediación penal.

La mediación viene regulada en Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, así como existe abundante legislación con continuas referencias explícitas a este sistema alternativo de resolución de conflictos. Asimismo en la Comunidad Valencia la mediación está regulada actualmente por la Ley 24/2018 de 5 de diciembre y por Decreto 55/2021 de 23 de abril del Consell de aprobación del Reglamento de Mediación de la CV.

En definitiva, con la mediación, las PARTES son las AUTENTICAS PROTAGONISTAS, son ellas las que resolverán positívamente su conflicto con la ayuda inestimable del mediador, alcanzando acuerdos que sólo a ellas compete y que permitirán regir sus futuras relaciones de forma satisfactoria para ambas, pues la forma de comunicación habrá cambiado definitivamente a otra, más constructiva y fructífera.

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